Preguntas frecuentes
¿Qué es Sandbox Madrid?
Sandbox Madrid es el entorno controlado de pruebas del Ayuntamiento de Madrid destinado a que empresas, centros de investigación y startups puedan testear soluciones innovadoras en condiciones reales. Ofrece acompañamiento técnico, coordinación administrativa y acceso a espacios públicos o municipales, garantizando siempre la seguridad jurídica y la protección de los ciudadanos.
¿Qué ventajas ofrece?
Ofrece simplificación administrativa mediante un único punto de contacto, apoyo técnico durante todo el proceso, acceso a espacios públicos o infraestructuras municipales, visibilidad institucional, y la posibilidad de validar la utilidad y escalabilidad de la solución en un entorno urbano real.
¿Qué norma regula Sandbox Madrid?
Sandbox Madrid se regula por la Ordenanza 1/2025, de 28 de enero, que establece el marco jurídico, el procedimiento de acceso, los criterios de valoración y las obligaciones de las entidades participantes. También se complementa con los decretos que crean y regulan el Comité de Evaluación.
¿Qué normativa se aplica además de esta ordenanza (por ejemplo, en materia de datos o seguridad)?
Se aplican las normas europeas, estatales y autonómicas vigentes en cada materia (seguridad, medio ambiente, protección de datos, etc.).
¿Se prevé la modificación futura de la ordenanza según los resultados del Sandbox?
Sí, expresamente. El Ayuntamiento podrá adaptar y mejorar la normativa en función de los resultados y conclusiones obtenidos en las pruebas.
¿Qué proyectos pueden acceder?
Proyectos innovadores y con madurez suficiente, que se encuentren alineados con las verticales de la convocatoria y que sean viables técnicamente.
¿Quién puede solicitar acceso al Sandbox?
Pueden solicitar entidades del sector público, así como personas físicas o jurídicas del sector privado que deseen participar en la convocatoria y contribuir al desarrollo tecnológico e innovador de la ciudad.
¿Pueden participar empresas extranjeras?
Sí, siempre que cumplan los requisitos establecidos y acrediten representación legal o los medios necesarios para operar en España conforme a la convocatoria.
¿Cuáles son los requisitos mínimos de los proyectos?
Los proyectos deben presentar un carácter innovador, un nivel de madurez técnica suficiente para operar en entorno real, disponer de las autorizaciones necesarias y demostrar un impacto positivo para la ciudad.
¿Cuáles son los requisitos mínimos de las personas promotoras?
Las personas promotoras deben acreditar recursos técnicos y económicos suficientes, aportar las garantías de seguridad requeridas y estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
¿Las convocatorias actuales priorizan algunas de las verticales?
La Convocatoria dirigida a entidades del sector privado se refiere exclusivamente a las siguientes verticales:
- Sostenibilidad.
- Economía circular.
- Energía.
La Convocatoria dirigida a entidades del sector público está abierta a todas las verticales:
- Sostenibilidad.
- Economía.
- Energía.
- Seguridad y emergencias.
- Movilidad sostenible.
- Accesibilidad.
- Turismo.
- Elementos de mobiliario urbano y de las vías y espacios públicos.
- Cualquier otro ámbito relativo a los servicios públicos municipales competencia del Ayuntamiento de Madrid.
¿Cuál es el objeto de las convocatorias?
Las convocatorias regulan el procedimiento de selección de proyectos que accederán al Sandbox.
¿Hay convocatorias abiertas?
- Convocatoria dirigida a entidades del sector público: abierta desde octubre de 2025.
- Convocatoria dirigida a entidades del sector privado: abierta desde enero de 2026.
¿Cuál es el proceso de convocatoria?
1º Inicio: Presentación de la solicitud, revisión y subsanación en su caso de los defectos formales.
2º Instrucción. Evaluación de los proyectos: Por el Comité de evaluación y solicitud en su caso de los informes pertinentes a los órganos competentes según la materia del proyecto.
3º Resolución: Formulada propuesta por el Comité de evaluación se resolverá el procedimeinto por el órgano autorizante, la persona titular de la Dirección General de Innovación.
¿Qué documentación debo presentar?
Deben presentarse la acreditación del solicitante, el formulario oficial, una memoria del proyecto, el estudio de seguridad y accesibilidad, las autorizaciones administrativas pertinentes y los certificados exigidos por la convocatoria.
¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?
- Convocatoria dirigida a entidades del sector público: el plazo es continuo y permanece abierto hasta su modificación o revocación.
- Convocatoria dirigida a entidades del sector privado: el plazo comenzará el día 20 de enero de 2026 y estará abierto hasta las 23:59 horas del día 2 de marzo de 2026.
¿Cuál es el plazo de resolución de las solicitudes?
- Convocatoria dirigida a entidades del sector público: 6 meses a partir de la fecha de solicitud de la prueba.
- Convocatoria dirigida a entidades del sector privado: 6 meses a partir de la fecha de publicación de la convocatoria.
¿Pueden subsanarse las solicitudes?
Si se detectaran defectos en ellas, se concederá un plazo de 10 días hábiles para su subsanación.
¿Cómo se presenta la solicitud?
La solicitud debe formalizarse mediante el formulario oficial disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es) y presentarse de forma electrónica utilizando un certificado de identificación admitido.
Si se presenta por una vía distinta a la sede electrónica, deberá enviarse un correo a sandbox@madrid.es
indicando fecha y hora de la presentación.
Las entidades extranjeras que no puedan usar los sistemas electrónicos habilitados podrán presentar la solicitud a través de un representante legal o de una persona autorizada en España, aportando la documentación acreditativa de la representación y, en su caso, el anexo de autorización disponible en la sede electrónica.
Dudas durante la presentación
¿Cómo es la evaluación?
La unidad gestora analiza la solicitud, el Comité de Evaluación emite una propuesta motivada y el órgano competente dicta la resolución final.
¿Cómo se valoran las propuestas presentadas?
El Comité de Evaluación valorará los proyectos, las pruebas el impacto previsto de la propuesta. Los criterios que aplicará son los siguientes:
- Grado de innovación del proyecto
- Calidad técnica del proyecto
- Madurez tecnológica
- Viabilidad de las pruebas y necesidades técnicas
- Coste
- Impacto en la ciudad e interés público
- Efecto tractor
¿Qué ocurre tras la autorización?
Se determinan la fecha de inicio, las fases y el alcance de las pruebas, los espacios públicos a emplear y las garantías exigidas. Además, se designan los monitores responsables del seguimiento.
Una vez concedida la autorización de acceso, ¿cuándo deben iniciarse las pruebas?
Las pruebas deberán iniciarse en los tres meses siguientes a la notificación de autorización de acceso, salvo que ella prevea otros plazos o fechas.
¿Cuál es la duración de las pruebas?
La duración máxima es de un año, con posibilidad de ampliación hasta seis meses adicionales por razones justificadas.
¿Dónde pueden realizarse las pruebas?
En los espacios físicos y virtuales de la ciudad de Madrid, con prioridad del distrito de Villaverde. Cabe solicitdar motivadamente localizaciones distintas a esta.
¿Existe un listado de espacios y vías públicas para las pruebas?
¿Existe un listado de zonas verdes para las pruebas?
¿Cómo pueden participar los ciudadanos en las pruebas de un proyecto?
Mediante la aceptación expresa, preferentemente electrónica, de un documento informativo que detalla las condiciones, riesgos y derechos de participación.
¿Qué derechos tienen los participantes dentro del entorno controlado?
A recibir información clara, a la protección de sus datos personales, a retirarse en cualquier momento y a que el promotor responda ante cualquier daño o incidencia.
¿Qué pasa si uso infraestructuras en las pruebas?
El promotor debe garantizar la restitución de las infraestructuras a su estado original una vez finalizadas las pruebas y aportar las garantías económicas necesarias.
¿Quién supervisa las pruebas?
La supervisión corre a cargo de los monitores designados por el Comité de Evaluación, quienes verifican el cumplimiento de las condiciones autorizadas.
¿Qué ocurre al finalizar?
El promotor debe presentar una memoria final en plazo de 1 mes, y el órgano gestor elabora un informe anual de evaluación del conjunto de pruebas realizadas en el Sandbox.
¿Quién responde de los daños?
El promotor es el responsable exclusivo de los daños.
¿Qué seguros necesito?
Es obligatorio disponer de un seguro de responsabilidad civil y de las garantías adicionales que determine la autorización.
¿Quién es responsable de sufragar los costes de las pruebas?
Cada promotor es responsable de la financiación de sus proyectos y debe disponer de los recursos necesarios para las pruebas. Cabe la financiación de los proyectos con fuentes externas (por ejemplo, convocatorias nacionales o europeas).
¿El acceso al Sandbox conlleva algún tipo de ayuda económica?
No. El acceso al Sandbox no supone la concesión de ningún tipo de ayuda económica a los promotores y proyectos.
¿Cuánto cuesta participar?
Las entidades del sector público se encuentran exentas.
El resto de promotores deberá abonar los tributos aplicables en función del espacio utilizado para las pruebas y su duración.
¿Cómo se protege la información personal?
El tratamiento de datos se realiza conforme al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y a la legislación española vigente en materia de protección de datos.
¿La información confidencial del proyecto se divulgará por el hecho de participar en el Sandbox?
No. El Ayuntamiento y su personal garantizarán la confidencialidad de la información a la que puedan tener acceso y que las entidades promotoras identifiquen expresamente como confidencial.
¿Cuándo se puede revocar la autorización?
La autorización puede revocarse en caso de riesgos para la seguridad, incumplimientos relevantes o desviaciones sustanciales respecto a las condiciones aprobadas.
¿Existe un régimen sancionador o solo revocación de la autorización?
La ordenanza no establece sanciones económicas, pero sí la revocación de la autorización y la imposibilidad de volver a solicitar acceso durante dos años.
¿Cómo contacto con el Sandbox Madrid?
A través del correo electónico: sandbox@madrid.es